Una nueva ley sobre carritos de golf entró en vigor en Carolina del Sur el 22 de mayo.
La ley se aplica a los carros de golf que circulan por vías públicas donde el límite de velocidad es de 56 km/h o menos. La ley también permite a los municipios y condados locales establecer sus propias normas y regulaciones para los carros de golf.
Esto es lo que necesitas saber:
Requisitos clave para las vías públicas:
Permiso y Registro
- Debe obtener la calcomanía del permiso y el registro del DMV
- Requiere prueba de propiedad y seguro de responsabilidad civil.
- Tarifa de $5
- Renovación del permiso cada 5 años o al cambiar de dirección
Requisitos del operador
- Edad mínima: 16 años
- Se requiere licencia de conducir válida
- Debe llevar: certificado de registro, comprobante de seguro, licencia de conducir.
Requisitos de seguridad
- Los niños menores de 12 años deben usar cinturones de seguridad.
- Para operación nocturna (si está permitido): se requieren luces delanteras y traseras que funcionen correctamente.
Los municipios y condados locales pueden:
- Puede regular horarios, métodos y ubicaciones mediante ordenanza.
- Puede permitir la operación nocturna si el carrito tiene luces de funcionamiento.
- Puede designar caminos separados para carritos de golf.
- No se puede exigir prueba de propiedad o alquiler de la propiedad para la operación
- Todas las operaciones están limitadas a carreteras con límite de velocidad ≤35 mph
En ausencia de una ordenanza local o del condado, un carrito de golf permitido puede:
- Operación solo durante el día
- Solo carreteras secundarias (≤35 mph)
- A menos de 4 millas de la dirección registrada o de la entrada de la comunidad cerrada
- Puede cruzar carreteras con límites de velocidad más altos en las intersecciones.
Requisitos del camino para carritos de golf:
Debe estar separado del tráfico por:
- Bordillo de hormigón duro
- Plazas de aparcamiento
- Distancia mínima de 4 pies